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En el post de hoy vamos a abordar qué es LexNET y las cuestiones fundamentales alrededor de esta herramienta: quiénes la pueden utilizar, cómo, desde dónde y cuál es su utilidad, entre otras muchas cosas.
¿Qué es LexNET?
Detrás de esta nomenclatura se encuentra una herramienta que proporciona un intercambio de información seguro entre los distintos órganos judiciales y todos aquellos operadores jurídicos que necesitan por su trabajo diario intercambiar documentos judiciales (demandas, notificaciones y escritos).
¿En qué consiste?
Desde el 1 de enero de 2016, las comunicaciones que se hacen con la Administración de Justicia ya no se efectúan en formato papel. De este modo, la presentación de cualquier tipo de escrito procesal y las notificaciones judiciales se llevan a cabo de manera obligatoria por vía telemática.
En concreto, en aquellas comunidades autónomas que no tengan competencias atribuidas en materia de Justicia o en aquellas que lo hayan solicitado, todas estas comunicaciones se efectúan a través del sistema LexNET. Por el contrario, en las comunicaciones que se encuentren fuera de este supuesto, cada comunidad autónoma implantará un sistema diferente para ese cometido.
Es importante partir del contexto de que esta herramienta de comunicación telemática responde a un proceso que viene experimentando la Administración de Justicia en los últimos años. Se trata de una corriente de modernización de toda su estructura y de sus medios con la finalidad de lograr una Justicia más eficaz, más ágil y de mayor calidad. Qué duda cabe que, a fin de lograr ese objetivo, es preciso dotar a esta Administración de los instrumentos procesales más avanzados y modernos, es decir, el uso de las nuevas tecnologías. Informatizar los procedimientos judiciales es fundamental para conseguir una gestión segura y de calidad. Y es en este marco de modernización judicial en el que se enmarca el nacimiento de LexNET.
¿Qué nos ofrece este nuevo sistema de comunicación?
Este sistema no es otra cosa que un intercambio de documentos judiciales de forma electrónica. Su funcionamiento es similar al correo electrónico, pero con la garantía de que se utiliza mediante la firma electrónica reconocida.
Los principios básicos sobre los que se asienta este nuevo concepto son los siguientes:
- Autenticidad del documento que se envía: la persona que lo emite es quien realmente afirma ser.
- Confidencialidad de la información transmitida: únicamente el destinatario del documento puede acceder a su contenido.
- Integridad del documento: el contenido de lo que se transmite no puede ser alterado.
- No repudiación: el destinatario de la recepción no puede negar que lo ha recibido.
- Datación: las fechas y horas de recepción y envío de los documentos son fijos.
¿Quiénes tienen acceso a esta herramienta?
Antes de enumerar todos aquellos usuarios de este servicio, es preciso adelantar que los participantes de este tipo de comunicaciones telemáticas no serán otros que los sujetos que intervienen en los procesos judiciales. Así pues, de un lado de esta interlocución estarán todos aquellos funcionarios al servicio de la Administración de Justicia y los Secretarios Judiciales y, del otro, todas aquellas personas que demanden la tutela judicial, las personas que les asistan en esa tarea (abogados, procuradores…) y otro tipo de profesionales relacionados con los Tribunales.
De esta manera, aquellos que pueden utilizar esta herramienta son los siguientes:
1. Funcionarios del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales.
2. Funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
3. Funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.
4. Funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial.
5. Abogacía del Estado.
6. Ministerio Fiscal.
7. Procuradores de los Tribunales.
8. Abogados.
9. Graduados Sociales.
10. Administrador del Colegio de Procuradores.
11. Órganos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos así como otras Administraciones e instituciones que habitualmente se relacionen con la Administración de Justicia (FOGASA, Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Registradores de la Propiedad).
¿Para qué se utiliza?
Las funcionalidades que se consiguen con este sistema LexNET son las siguientes:
- En primer lugar, a través de esta herramienta se presentan los escritos procesales y aquellos documentos que les acompañen. También se distribuyen y se remiten a la Oficina Judicial que se va a encargar de su tramitación.
- En segundo lugar, nos permite gestionar las copias, de tal modo que queda fechado el momento en el que se solicitan y se expiden. Además, se deja constancia del traslado a todos los procuradores personados, tal y como indican las leyes procesales.
- En tercer lugar, es un canal de comunicación procesal que cumple todas las leyes establecidas al respecto.
- En cuarto lugar, nos permite tener un resguardo de cualquier presentación que se realice, de las copias y de cualquier acto de comunicación procesal. Lo verdaderamente transcendente de este servicio es la capacidad de dejar constancia de la fecha y la hora en la que se produce cada uno de los trámites.
- Finalmente, vamos a disponer de un asiento por cada una de las transacciones que se hagan a través del sistema. En él constarán una serie de datos como la identidad del que envía la notificación o documento, la del que los recibe, la fecha y la hora y la identificación del proceso en la que tiene lugar cada comunicación (procedimiento, número y año).
¿Cómo se utiliza?
Cualquiera de los trámites que permite esta herramienta requerirá que los usuarios cumplimenten todos los datos obligatorios del sistema: el nombre, el código del órgano del destino, el tipo de procedimiento de que se trate y el número.
A continuación, el usuario puede incorporar el documento que pretende transmitir y otros anexos (uno por cada documento que deba enviar). Por supuesto, todos los archivos que se desean enviar se pueden previsualizar antes de enviarlos para asegurarnos de su pertinencia en el proceso.
¿Y si no podemos enviar telemáticamente la documentación al destinatario? Este tipo de comunicación no excluye la transacción por otros medios contemplados por las normas procesales, si bien será necesario que se presente acompañando los datos identificativos del envío al que no se ha podido adjuntar como anexo.
Una vez incorporada la documentación al sistema, el remitente debe utilizar la firma electrónica reconocida para poder enviar satisfactoriamente la transacción.
Finalmente, una vez efectuada la presentación o envío, el sistema nos devuelve un resguardo para que podamos acreditar el trámite que hemos hecho. Del mismo modo, una vez recibido en el buzón del destinatario el acto de comunicación, al remitente se le enviará un acuse de recibo. Y también ocurrirá esto cuando el destinatario haya abierto la comunicación efectúada.
Si hubiera cualquier tipo de incidencia o error en la presentación o envío de documentos, el propio sistema comunicará este hecho para que pueda ser acreditado en el procedimiento que corresponda y se proceda a su subsanación.
El sistema LexNET funciona todos los días del año durante las 24 horas. Sin embargo, esto no significa que la posibilidad de una comunicación telemática en cualquier momento altere el cómputo de los plazos hábiles ni puede suponer una discriminación durante la tramitación o la resolución de cualquier proceso judicial.
Finalmente, es necesario saber que todas aquellas comunicaciones que se lleven a cabo telemáticamente permanecerán en los buzones de los usuarios durante un plazo de 30 días. Una vez transcurrido este plazo, se eliminarán automáticamente por el sistema, a excepción de los resguardos electrónicos que acrediten todas las transacciones realizadas.
¿Qué es LexNET Abogacía?
Como ya hemos dicho anteriormente, la plataforma LexNET sirve para el intercambio seguro de información entre los órganos que conforman el sistema judicial.
A raíz de la implantación de este sistema, RedAbogacía ha desarrollado lo que conocemos con el nombre de “LexNET Abogacía”, que es un servicio que permite a los letrados la recogida y la gestión de forma telemática de todas las notificaciones necesarias para su trabajo diario, así como remitir escritos o demandas a los órganos judiciales.
Ventajas de utilizar este servicio
Ahorro de tiempo y de desplazamientos
Esta herramienta dedicada a la abogacía contribuye al proceso de modernización de la Justicia. Además, facilita muchísimo el ejercicio diario de la profesión, agilizando las gestiones y reduciendo al máximo la burocracia. Funciona los 365 días de la semana, 24 horas al día, de forma totalmente online. Con este servicio, se evitan colas de espera y la preocupación de acudir a las oficinas de la Administración de Justicia dentro de sus horarios de apertura.
Organización y gestión de las notificaciones
Una de las opciones más útiles de LexNET Abogacía es la clasificación de todas las notificaciones a través de un sistema de etiquetas. Con esto, se puede acceder directamente a la información deseada de forma rápida y teniendo un mayor control del conjunto de nuestras actuaciones.
Alertas vía móvil
Otra de las grandes novedades que presenta este servicio es que nos “avisa” de la recepción de alguna notificación a través de un correo electrónico o un mensaje al móvil. Definitivamente, la tecnología al servicio de un trabajo más eficaz.
Garantía técnica de las comunicaciones
LexNET Abogacia permite garantizar que la transmisión de la información se realiza de forma auténtica e íntegra. El día y la hora tanto del envío como de la recepción quedan totalmente fijados de manera segura. Además, como ocurre en todos estos casos de envío telemático, podemos descargarnos los correspondientes justificantes de envío y acuses de recibo.
¿Qué necesita un abogado para utilizar esta herramienta?
En primer lugar, es necesario que el usuario disponga de su carné colegial con la correspondiente firma electrónica ACA en vigor. Esto quiere decir que dicha identificación profesional tiene el chip que permite signar los documentos telemáticos con idéntico valor legal que una firma manuscrita (Ley 59/2003). Este modo de proceder permite realizar todo tipo de gestiones online que solamente son accesible previa identificación del abogado, como por ejemplo consultar la facturación del turno de oficio, tramitar un pase a prisión o presentar cualquier escrito en un juzgado. Para cualquier duda al respecto de este requisito, será necesario contactar con el Colegio que corresponda.
En segundo lugar, no solamente es necesario disponer de la firma electrónica ACA, sino también de la clave PIN correspondiente para acceder al servicio.
En tercer lugar, será pertinente tener un lector de tarjetas conectado a nuestro dispositivo para poder introducir la tarjeta e iniciar la conexión. Es importante que hayamos instalado la última versión JAVA en el ordenador para que el servicio LexNET funcione correctamente.
Del mismo modo, vamos a necesitar un ordenador con conexión a Internet para poder trabajar de forma telemática.
Finalmente, dependiendo del trámite que vayamos a realizar, debemos asegurarnos de que el órgano judicial al que pretendemos notificar o enviar documentación está dado de alta en el sistema como participante en el servicio LexNET. De lo contrario, la comunicación a través de este sistema será imposible.
Es relevante resaltar que la implantación de este tipo de vía telemática se realiza de manera progresiva en cada Colegio. Es por ello que para cualquier duda o consulta particular de cada colegiado, este deberá acudir al Colegio en el que se encuentra dado de alta para informarse sobre el estado del servicio.
¿Cómo se utiliza LexNET Abogacia de forma práctica?
La manera de acceder al sistema es muy intuitiva y sencilla.
En primer lugar, debemos poner nuestro ordenador a funcionar con conexión a Internet y el lector de tarjetas listo para su utilización. A continuación, introduciremos nuestra identificación colegial, la cual no debemos retirar en ningún momento durante la utilización del sistema. Después, entramos en los servicios de RedAbogacía directamente desde la página web de nuestro Colegio de Abogados o desde la página genérica de www.abogacia.es. Una vez hemos accedido, seleccionamos nuestro certificado e introducimos el PIN de acceso. En el menú, optamos por LexNET Abogacia y ya podemos comenzar con nuestro trámite.
¿Qué diferencia existe entre LexNET y LexNet Abogacía?
Llegados a este punto, esta es la pregunta lógica que podemos hacernos una vez vistos ambos sistemas de comunicación telemática.
Así pues, comenzando por la nave nodriza, LexNET se ha creado como una plataforma en la que los distintos operadores jurídicos intercambian información de forma segura. Esto es, las oficinas judiciales y los distintos trabajadores del ámbito legal la utilizan para realizar notificaciones, presentar escritos durante la tramitación de los procedimientos o iniciar cualquier asunto. Se trata de un servicio que ha sido desarrollado directamente por el Ministerio de Justicia y al que se accede a través de lexnet.justicia.es.
Por el contrario, pese a que la funcionalidad es la misma y el concepto también, LexNET Abogacia es una herramienta que ha sido creada y desarrollada por RedAbogacía, que nace a iniciativa del Consejo General de la Abogacía Española en el momento en el que surge el desafío de adaptar la actividad diaria del colectivo al avance tecnológico. Se concibe como un instrumento que permite gestionar y recoger online todas las notificaciones dentro de un proceso judicial, enviar escritos y presentar demandas, siempre y cuando se trate de procedimientos en los que no sea obligatorio el personamiento de un procurador. El acceso a este servicio se realiza a través de lexnet.abogacia.es.
En resumen, el proceso de adaptación de la actividad judicial a las nuevas tecnologías ha constituido un desafío enorme, no exento a veces de polémica. Evidentemente, la eternización de los procesos judiciales y el desbordamiento de los juzgados y tribunales ha puesto sobre la mesa la necesidad de una modernización administrativa, en la que LexNET y las nuevas tecnologías cobran todo el protagonismo. Las ventajas son enormes: seguridad en las comunicaciones, comodidad, rapidez y agilidad, entre otras. La Administración de Justicia debe de adaptarse a la sociedad actual. Sin embargo, no ha sido un viaje sencillo, ya que no debemos olvidar que detrás de un ordenador existe todo un colectivo de profesionales que han debido adaptarse a una nueva manera de trabajar para la que, en ocasiones, no estaban preparados.
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