Servicios marítimos

Conocimiento y trayectoria sobre derecho marítimo

PROCURADOR ENRIQUEZ SANCHEZ especialista en derecho marítimo

El equipo de trabajo está integrado por profesionales altamente cualificados y experimentados. Nuestro personal pone a su disposición todo su conocimiento y trayectoria para resolver cualquier asunto que precise sobre derecho marítimo. Expónganos su caso, nosotros nos ocuparemos del resto.

Registro Especial de Buques de Canarias (REBECA)

El Registro Especial de Buques y Empresas Navieras, con sede en las Islas Canarias, fomenta la competitividad de las empresas navieras españolas con importantes atractivos fiscales.

Tanto para la inscripción de buques (nacionales o extranjeros) como para la inscripción de empresas navieras en el REBECA, es necesaria la figura del representante legal permanente en Canarias.

Efectivamente, es necesario el nombramiento de un representante con domicilio permanente en las Islas Canarias, mediante escritura notarial de poderes de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley 27/1992 de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por Ley 53/2002.

Nuestros servicios se centran en esta figura (representante legal permanente con domicilio social en las Islas Canarias). El procurador de los tribunales D. Antonio Jaime Enríquez Sánchez, será su representante permanente en las Islas Canarias ante el Registro Especial de Buques y Empresas Náuticas de Canarias (REBECA), registros administrativos y mercantiles; dependencias tributarias y aduaneras y cualquier otro órgano administrativo, ligado a la explotación y gestión de los buques.

Además de llevar toda la tramitación del expediente tanto para la inscripción del buque como para la inscripción de la empresa naviera, nuestras oficinas y servicios actuarán de enlace entre el registro especial y el armador, del cual seremos su representante legal en las Palmas de Gran Canaria.

El Registro Especial de Buques de Canarias, REBECA, ofrece el atractivo fiscal de las exenciones en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, así como las bonificaciones en el I.R.P.F. de los tripulantes hasta el 50%, y el 90% en el impuesto sobre sociedades y en las cotizaciones a la Seguridad Social.

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